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TSE declina al Tribunal Constitucional recurso contra reglamento de encuestas de la JCE

Expediente será conocido por el Tribunal Constitucional

Tribunal rechaza medidas cautelares y mantiene fusión de expedientes

Joerlin Rodríguez
Joerlin Rodríguez
23 julio, 2026 - 12:30 PM
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TSE DECLINA Y REMITE
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El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el recurso presentado contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual se establecen las reglas para el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.

A través de la Sentencia núm. TSE/0025/2026, el tribunal decidió enviar el expediente al Tribunal Constitucional, al considerar que los argumentos planteados implican un análisis de constitucionalidad que corresponde exclusivamente a esa alta corte.

El recurso fue presentado por la organización Justicia Sin Fronteras, Inc., que buscaba dejar sin efecto el reglamento aprobado por la JCE mediante una resolución emitida el 22 de mayo de 2026.

Los jueces del TSE determinaron que la impugnación está dirigida contra disposiciones específicas del artículo décimo tercero del reglamento, por lo que su revisión debe realizarse mediante un control concentrado de constitucionalidad, una facultad reservada al Tribunal Constitucional.

Expediente será conocido por el Tribunal Constitucional

El TSE explicó que la naturaleza del recurso presentado supera el ámbito de competencia de la jurisdicción electoral, debido a que la parte accionante no solo cuestiona aspectos administrativos del reglamento, sino la posible incompatibilidad de sus disposiciones con la Constitución dominicana.

La decisión se fundamenta en la Ley 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, normativa que establece las atribuciones del órgano encargado de revisar la constitucionalidad de normas y disposiciones generales.

La sentencia fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE; Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias.

Con la declinatoria, será ahora el Tribunal Constitucional el organismo encargado de evaluar los planteamientos presentados por Justicia Sin Fronteras y determinar si corresponde mantener, modificar o declarar inconstitucional alguna disposición del reglamento aprobado por la JCE.

Tribunal rechaza medidas cautelares y mantiene fusión de expedientes

Durante el proceso, el Tribunal Superior Electoral también ratificó la fusión de los expedientes TSE-01-0013-2026 y TSE-01-0014-2026, debido a la relación existente entre las partes involucradas y los temas discutidos.

Asimismo, declaró inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por la parte impugnante, al considerar que, tras decidir enviar el caso al Tribunal Constitucional, dicha petición perdió su objeto.

El tribunal dispuso que la sentencia sea notificada a las partes involucradas y publicada en su portal institucional, así como en el Boletín Contencioso Electoral.

La decisión no representa un pronunciamiento sobre la validez o invalidez del reglamento de encuestas de la JCE, sino una determinación sobre cuál órgano judicial tiene competencia para conocer el cuestionamiento planteado.

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