La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Juan de la Maguana dictó prisión preventiva contra el capitán de navío Edward Santana Núñez, perteneciente a la Armada de la República Dominicana, luego de variar las medidas de coerción que inicialmente lo beneficiaban, tras ser acusado de violencia de género contra su expareja.
La decisión se basa en una petición del Ministerio Público, que argumentó que la víctima y su hijo se encontraban en peligro inminente debido a los reiterados ataques del acusado. Santana Núñez fue detenido el pasado 22 de mayo, tras interceptar el automóvil de su expareja mientras portaba un arma de fuego, en un incidente ocurrido el 19 de ese mismo mes.
Jueces acogieron pruebas contundentes
Aunque el Ministerio Público solicitó desde el inicio prisión preventiva, la jueza Viamerca Ruiz Sepúlveda del Juzgado de la Instrucción de San Juan le otorgó libertad bajo una garantía económica de RD$20 mil e impedimento de salida del país.
Tras esa decisión, el órgano acusador interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia, el procurador general de la Corte, Salín Valdez Montero, presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que evidenciaban la responsabilidad penal de Santana Núñez.
Los jueces Ana Milka Acosta, Arsenio Alcántara y José Miguel Mateo acogieron el pedimento del Ministerio Público y ordenaron su reclusión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Elías Piña.
“Entendemos que era lo más apropiado en este momento. Es lo conveniente: una prisión preventiva para garantizar la seguridad de la víctima y el hijo de ambos”, declaró Valdez Montero al concluir la audiencia.
Antecedentes preocupantes
Antes del arresto, la víctima ya había presentado una denuncia por amenazas de muerte y persecución, tanto en su contra como contra su hijo adolescente. Santana Núñez, además, había estado asignado a un área de seguridad del Ministerio Público, cargo del que fue removido el 25 de abril de este año.
El caso es investigado por la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de San Juan. Los hechos atribuidos al oficial están tipificados y sancionados por el artículo 309-2 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
El Ministerio Público reafirmó su compromiso de actuar con firmeza ante este tipo de delitos.
“Estos son casos en los cuales hay que prestar mucha atención para garantizar que dejemos de tener mujeres asesinadas”, concluyó el fiscal Valdez Montero.