
Santo Domingo, RD. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró su incompetencia para conocer la recusación presentada contra la jueza de instrucción especial, Isis Muñiz, quien tiene a su cargo la medida de coerción contra el fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir un soborno de 10 mil dólares.
Decisión basada en el Código Procesal Penal
El pleno, reunido en cámara de consejo mediante la Resolución núm. 49-2026, fundamentó su decisión en que el trámite para apartar a un juez por presunta falta de imparcialidad debe agotarse en la instancia correspondiente antes de escalar a la Suprema Corte.
Tras revisar el expediente, el órgano determinó que no le corresponde decidir la recusación, apoyándose en los artículos 82 y 83 del Código Procesal Penal, que establecen que cuando la recusación recae sobre un juez de una Corte de Apelación y no afecta el quórum, la decisión corresponde a sus propios pares o a la presidencia de esa instancia.
Próximos pasos y contexto del caso
Con esta remisión, serán los jueces de la Corte de Apelación del Distrito Nacional quienes determinen si los argumentos presentados por la defensa de Valdez Alcántara tienen mérito legal para apartar a la magistrada del proceso.
La jueza Muñiz, presidenta de la Segunda Sala Penal de esa corte, fue recusada por los abogados Alberto Delgado y Valentín Medrano, quienes alegan falta de imparcialidad debido a que autorizó diligencias investigativas como la “entrega vigilada” del dinero del supuesto soborno.