x
Síguenos
Denuncias aquí (809) 762-5555

Suprema Corte de Justicia emite su primer fallo directo bajo nueva Ley de Casación

Greidy Ponciano
Greidy Ponciano
17 febrero, 2025 - 5:39 PM
5 minutos de lectura
Edificio que alberga a la SCJ y a la Procuraduría General de la República. (Fuente externa).
Recurso
Escuchar el artículo
Detener el artículo

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictó, por primera vez, una sentencia directa sobre el fondo de un caso, aplicando los artículos 38 y 78 de la Ley Núm. 2-23 sobre Recurso de Casación. 

Según la SCJ, la nueva legislación busca agilizar la resolución de litigios y prevenir la dilación procesal que caracterizaba la normativa anterior. 

En el pasado, los fallos casados podían derivar en un número indefinido de reenvíos, lo que extendía la duración de los casos sin una sentencia definitiva.

El artículo 38 faculta a la Corte de Casación a emitir fallos directos cuando lo considere necesario para una buena administración de justicia. Mientras tanto, el artículo 78 establece que, si un litigio ya ha sido reenviado dos veces, la SCJ deberá resolverlo mediante una sentencia definitiva, sin posibilidad de un tercer reenvío.

Con esta decisión, el máximo tribunal reafirma su compromiso con la eficiencia y celeridad procesal, ajustándose a los principios de la nueva normativa.

Esta decisión de las Salas Reunidas no vulnera derechos procesales de las partes involucradas, dado que estas han tenido la oportunidad de aportar las pruebas necesarias para fundamentar sus derechos, debatirlas contradictoriamente y presentar argumentos en defensa de sus pretensiones.

Caso había sido casado tres veces

"El presente caso presenta una situación procesal especial, dado que el proceso objeto de la decisión ha tenido tres sentencias de casación y esta es la cuarta vez que la litis llega a la Suprema Corte de Justicia, y en ningún caso, sea cual fuere el motivo de casación, podrá producirse un tercer reenvío, conforme indica el artículo 78 que pone fin a la controversia", argumentan los jueces en la sentencia de las Salas Reunidas.

En tal sentido, se aclara que con esta actuación no se constituye la Corte de Casación en una tercera instancia, sino que sustituye la jurisdicción de reenvío que dictó la sentencia que ha sido anulada, propiciando la efectividad del derecho material y el respeto a las garantías fundamentales de los intervinientes en el proceso, configurándose lo que la doctrina internacional ha denominado sentencia de reemplazo, que tiene la misma naturaleza jurídica de la sentencia casada y que pone fin al proceso, explica la Suprema Corte de Justicia en un comunicado.

El dictamen de las Salas Reunidas número SCJ-SR-24-00188, de fecha 29 de noviembre de 2024, casa sin envío, por la prohibición contenida en el artículo 78 de la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación, la sentencia núm. 0030-02-2023-SSEN-00031, de fecha 27 de enero de 2023, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, y pronuncian sentencia directa en base a las comprobaciones ya fijadas en ella. 

La litis llevaba casi 23 años

La litis, que llevaba en los tribunales casi 23 años, era entre Bienes Nacionales, parte recurrente, y La Esperilla Land Company, C. por A, parte recurrida. El fallo de las Salas Reunidas fue acoger, como buena y válida, la demanda en justiprecio incoada por la sociedad comercial contra el Estado dominicano, representado por la Dirección General de Bienes Nacionales, pero la rechazó, "en cuanto al fondo por falta de pruebas".

La decisión fue firmada por los magistrados Henry Molina, Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, Samuel Amaury Arias Arzeno, María Gerinelda Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.

Más Vistas