Salud Pública frena atención pediátrica del doctor Fadul

El consultorio del Dr. Fadul fue inspeccionado y se exigirá su adecuación a normas sanitarias para asegurar la correcta atención a niños, especialmente con trastorno del espectro autista, según Salud Pública.

El Ministerio de Salud Pública informó que, tras una verificación técnica al consultorio del doctor José Ernesto Fadul Fadul, se determinó la necesidad de delimitar el alcance de su ejercicio profesional en la atención de pacientes pediátricos.

 La institución recomendó que los casos de menores sean manejados bajo coordinación formal con especialistas en pediatría, psicología, neurología y psiquiatría, mediante el sistema de interconsultas, con el objetivo de garantizar una atención integral y conforme a los protocolos establecidos.

Durante el proceso de inspección se confirmó que el doctor Fadul figura en el dosier de habilitación del Instituto Materno Infantil San Martín de Porres, código A013862, como médico internista, con habilitación vigente hasta el año 2030.

Asimismo, aparece en el expediente del Centro de Medicina Avanzada Materno Infantil y Especialidades San Martín de Porres, código A05775, también como médico internista, centro que actualmente se encuentra en proceso de renovación de su habilitación.

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El levantamiento técnico fue realizado por la Dirección de Habilitación de Servicios y Establecimientos de Salud, así como la Dirección de Monitoreo del Viceministerio de Garantía de la Calidad de los Servicios de Salud, con el objetivo de evaluar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley General de Salud No. 42-01 y el Reglamento No. 1138-03 sobre habilitación de establecimientos y servicios de salud.

Salud Pública exhortó a todos los prestadores de servicios de salud que atienden a niños, niñas y adolescentes con trastorno del espectro autista a cumplir de manera estricta el protocolo oficial establecido para su atención. La institución indicó que estas disposiciones deben aplicarse conforme a la normativa sanitaria nacional vigente para asegurar una atención segura y basada en los estándares clínicos aprobados.

La Dirección de Vigilancia Sanitaria de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) realizó una inspección al consultorio del profesional el pasado 6 de marzo de 2026, en cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Salud No. 42-01 y el Decreto No. 246-06. Actualmente se consolida el informe técnico que incluirá resultados de laboratorio, hallazgos del proceso de verificación y recomendaciones correspondientes.

El proceso de evaluación incluyó dos visitas técnicas: una realizada por la Dirección de Habilitación de Servicios y Establecimientos de Salud junto a la habilitación regional norte, y otra posterior por un equipo del nivel central de la Dirección de Monitoreo y Evaluación de la Calidad de los Servicios de Salud.

Las autoridades sanitarias informaron que darán seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones emitidas, incluyendo la gestión de la habilitación individual del consultorio y la adecuación de los procesos de atención conforme a la normativa vigente.