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Presentación de recurso en TC desafía prohibición de reelección para Abinader

El recurso, presentado por Aquiles Jiménez, solicita al TC que declare nula la disposición. También pide garantizar la igualdad en derechos políticos y que futuras reformas respeten principios de legalidad y proporcionalidad.

Lisbeth Báez
Lisbeth Báez
20 marzo, 2025 - 7:30 PM
4 minutos de lectura
Tribunal Constitucional de la República Dominicana
Reelección
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El Tribunal Constitucional (TC) fue apoderado de un recurso de inconstitucionalidad en contra de la disposición transitoria de la Constitución que impide la reelección presidencial de Luis Abinader para el 2028.

La instancia del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria que impide la postulación de Luis Abinader a las presidenciales de 2028 fue interpuesta por Aquiles Jiménez Fernández.

En el recurso, se pide a los jueces del TC declarar inconstitucional y nula la disposición que impide la postulación de Luis Abinader en las elecciones de 2028, por ser contraria a los artículos 39, 22, 110 y 120 de la Constitución de la República.

Además, se solicita que se ordene la inaplicabilidad de dicha disposición en el proceso electoral de 2028, garantizando que cualquier ciudadano que cumpla con los requisitos constitucionales pueda postularse libremente.

Se pidió al TC que también se ordene garantizar el principio de igualdad y no discriminación en el ejercicio de los derechos políticos, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales ratificados por la República Dominicana.

“La disposición transitoria en cuestión impone una restricción exclusivamente al ciudadano Luis Rodolfo Abinader Corona, limitando su derecho fundamental a ser elegido, mientras que otros ciudadanos en condiciones similares no están sujetos a la misma prohibición”, expresa el recurso.

Asimismo, se solicitó a los jueces del TC que se disponga que cualquier futura reforma constitucional que modifique derechos políticos debe respetar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, conforme a la jurisprudencia nacional e internacional.

“Esta restricción es arbitraria y crea un precedente peligroso que permite excluir a personas de sus derechos políticos sin una justificación objetiva ni proporcional”, argumentó Aquiles Jiménez.

Jiménez consideró que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado en múltiples precedentes que cualquier restricción al derecho de participación política debe cumplir con el principio de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

Señaló también que la Corte Constitucional de España, en la sentencia STC 49/2008, indicó que la democracia exige reglas de juego claras y predecibles, que no pueden modificarse de manera discrecional para favorecer o perjudicar a determinados actores políticos.

“La disposición transitoria aquí impugnada representa un precedente peligroso que podría ser utilizado en el futuro para excluir a candidatos por razones políticas”, enfatizó.

La alusión de la instancia del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria que impide la postulación de Luis Abinader fue colocada en la página web del TC, para que la ciudadanía pueda opinar al respecto. Posteriormente, se preparará el expediente, se fijará audiencia y se dejará el caso en estado de fallo.

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