
La tarde de este martes se dio a conocer la resolución mediante la cual la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió la recusación interpuesta por Jean Alain Rodríguez contra los jueces que conocen su caso en juicio de fondo.
El recurso de recusación interpuesto por los abogados del exprocurador de la República fue conocido por los jueces Ysis B. Muñiz, Luis Omar Jiménez, Teófilo Andújar y Delio Germán Figueroa.
Los magistrados recusados por el equipo de defensa de Jean Alain Rodríguez son: Keila S. Pérez Santana, jueza presidente; Elías Santini Perera, juez sustituto y; Arisleida Méndez Batista, jueza miembro, del Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Se recuerda que Rodríguez está imputado como parte del caso Medusa, acusado de defraudar al Estado, como parte de una compleja red criminal.
La decisión de los magistrados están contenidas en la resolución número 502-2025 SRES-00079, en sentido general se establece en el documento que los jueces recusados han violado el principio de derecho a la defensa que tiene el imputado y no han actuado con imparcialidad ante las partes interesadas.
Entre las razones se citan las siguientes:
En el numeral 10 la resolución versa: "Falta grave de la recusada jueza Keyla Pérez Santana al fijar fecha y día de audiencia consciente y a sabiendas de que las sociedades recusantes no habían sido notificadas del auto de apertura al juicio que esta Jueza los convocaba, pisoteando dolosamente el mandato del artículo 305 del rito procesal".
Según la resolución, esto se explica en que la decisión tomada el 5 de agosto de 2024 por el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional no fue notificada a su cuerpo de abogados Jurinvest
Abogados, S.R.L., e Inversiones Cavalieri en tiempo oportuno, lo que limita el derecho de defensa del imputado.
El numeral 13 establece que: la jueza presidenta en funciones de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, escogió al tribunal que conocería el juicio de fondo, sin ninguna supervisión, jueces que hoy son recusados.
El numeral 14 describe que: la jueza Keyla Pérez Santana, en su condición de Presidenta del Cuarto Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, fijó el día y hora del juicio, estableciendo un calendario de audiencias públicas, (esto a sabiendas de que la defensa de Jean Alain no había sido notificada de la apertura a juicio).
Numeral 27 de la resolución indica que: "Con esta actuación la jueza también violó el Código de Comportamiento Ético que rige a los jueces y juezas, no mostrando imparcialidad ni neutralidad, sino una preferencia e inclinación hacia el Ministerio Público al haber convocado un juicio solo validado que en el expediente reposaba la acusación del Ministerio Público y no así el Auto de Envío a Juicio de las recusantes, contrario a lo que le ordenaba el artículo 305 de la norma, violando así la regla 2 relativa al principio de igualdad".