
El abogado penalista Miguel Valerio advirtió que el proyecto de ley que busca regular la libertad de expresión en República Dominicana podría constituir un riesgo para el ejercicio democrático del derecho a la información, especialmente en los medios de comunicación alternativos.
Al ser preguntado en El Sol de la Mañana de RCC Media sobre su posición luego de realizar una serie de publicaciones en su cuenta de X (antiguo Twitter), Valerio señaló que, si bien es válido que la legislación regule derechos, este proyecto apunta particularmente hacia los medios alternativos, lo cual considera una forma de discriminación. "Toda ley regula derechos, pero en este caso va dirigido a la comunicación alternativa, la que es sana en una democracia", expresó.
Para el jurista, cualquier regulación en materia de expresión debe contemplar la participación y el parecer de los actores involucrados, y propuso que bastaría con una disposición única en el Código Penal —y no una ley especial— para establecer sanciones adecuadas. En su opinión, esta regulación debe ser penal, ya que el honor y la dignidad humana son bienes jurídicos protegidos históricamente por el Derecho Penal, cuya finalidad es preventiva, a diferencia del Derecho Civil, que busca el resarcimiento económico.
Valerio insistió en que figuras como la difamación y la injuria deben mantenerse en el ámbito penal, aunque sin contemplar la prisión como sanción. Propuso que las penas consistan en multas a favor del Estado y daños y perjuicios a las víctimas, como una forma de castigo integral y proporcional.
Cuestionó también la posible creación de organismos reguladores que puedan actuar como mecanismos de censura previa, como la antigua Comisión de Espectáculos Públicos, a la que calificó de “triste institución”. Según Valerio, este tipo de instrumentos son ineficaces y contrarios a los principios de un Estado de Derecho y de una sociedad abierta.
Como alternativa, propuso un artículo único en el Código Penal que establezca sanciones por atentar contra la dignidad y el honor de una persona, sin importar el medio utilizado ni la profesión del infractor. "La única regulación posible es un artículo que diga: ‘Quien atente contra la dignidad y honor de la persona por cualquier medio será sancionado con penas de multa’”, afirmó.
Asimismo, lamentó que los legisladores no cuenten con equipos técnicos que estudien tendencias jurídicas internacionales, lo que —según él— contribuye a la creación de normativas que restringen derechos fundamentales como el libre flujo de la información.
Aunque reconoció que conductas como la extorsión, la difamación y la intromisión maliciosa en la vida privada deben ser sancionadas, advirtió que no se puede legislar de manera que se limite el derecho ciudadano a estar informado. “No pueden elaborarse leyes que pudiesen coartar el derecho a la información bajo el pretexto de proteger el honor”, concluyó.
2. El simple hecho de regular los medios alternativos debe ser tomando en consideración su parecer y para mí se regula con una disposición única en el Código Penal o Civil dependiendo de qué área establece el proceso. En mi caso particular entiendo que debería ser en lo penal
— Miguel Valerio J. (@miguelvalerioj) May 13, 2025
4. La difamación e injuria como conceptos jurídicos son propios del andamiaje penal y cuya sanción no debería ser prisión sino multas a favor del Estado por el carácter público más daños y perjuicios a favor de víctimas de manera accesoria. Así se cumple una finalidad integral
— Miguel Valerio J. (@miguelvalerioj) May 13, 2025
6. La única regulación posible es un artículo en el Código Penal que establezca: “ Quien atente contra la dignidad y honor de la persona por cualquier medio será sancionado con penas de ______ multa” Esta regla debe ser aplicada a particulares, periodistas y medios alternativos
— Miguel Valerio J. (@miguelvalerioj) May 13, 2025
8. El país no puede seguir teniendo legisladores sin cuerpos de juristas que se dediquen a estudiar tendencias. Es importante legislar pero no es posible en sociedades abiertas censuras previas o peor regular el libre flujo de la información. Por eso es necesario ser cuidadoso
— Miguel Valerio J. (@miguelvalerioj) May 13, 2025
10. En fin, he estudiado detenidamente el proyecto y luego vendré sobre disposiciones particulares. Pero mi conclusión es que en aras de la protección del honor de las personas y sociedades comerciales no pueden elaborarse leyes que pudiesen coartar el derecho a la información
— Miguel Valerio J. (@miguelvalerioj) May 13, 2025