El comunicador Julio Martínez Pozo condenó este jueves el acuerdo al que llegó el Ministerio Público con Maxi Montilla, investigado por corrupción en perjuicio del patrimonio público al que consideró, "un acto descarado de prevaricación".
Señaló que los actores que han convenido este pacto donde Montilla devuelve recursos económicos a cambio de no comparecer en los tribunales, "no tienen la potestad de hacer lo que ese acuerdo pretende hacer porque los crímenes son crímenes".
Siguió argumentando que los crímenes arrastran consecuencias penales.
"Las consecuencias penales no se pueden civilizar, no se pueden tratar como hechos civiles. Las consecuencias penales solo se tratan atravesando un proceso penal, que ese proceso penal puede incluir el criterio de oportunidad", indicó Martínez Pozo.
En su comentario realizado este jueves Julio Martínez Pozo citó el artículo 34 del Código Procesal Penal, subrayando que el acuerdo entre el MP y Maxy Montilla contraviene lo que indica la legislación sobre cuándo se puede aplicar el criterio de oportunidad.
Cita: "La pena que corresponde por el hecho o calificación jurídica de cuya persecución se prescinde carece de importancia".
Según explicó: "Es decir, ¿cómo se podía hacer lo que se hizo con Máximo Montilla? Si la pena que le correspondería a los hechos en los que él incurrió ya fuera menor a una pena que él ya tuviera impuesta".
"Se puede aplicar en caso de que la pena que corresponde por el hecho o calificación jurídica de cuya persecución carece de importancia en consideración a una pena ya impuesta a la que corresponde por los restantes hechos o calificaciones pendientes o las que se le impondría a a en un procedimiento tramitado en el extranjero. Ese no es el caso", continuó el coordinador de El Sol de la Mañana.
Contradicciones
Julio Martínez Pozo dijo que hay contradicciones entre lo que establece el Código Procesal Penal y el acuerdo entre el Ministerio Público y Maxy Montilla, porque este anula la persecución penal.
"El Ministerio Público está renunciando a la persecución penal de una persona que dice que supuestamente, no supuestamente, porque él ha admitido que lo ha hecho, entonces no es supuestamente", indicó.
Expresó que renunciar a la acción penal y dejar la persecución de un crimen solo a la acción civil, "es prevaricación. Eso de por sí es un acto de corrupción. Es decir, el acuerdo con Montilla tapa otros actos de corrupción.