x
Síguenos
Denuncias aquí (809) 762-5555

Ley 85-25 aclara que la venta de un inmueble no anula el contrato de alquiler

La abogada Laura Méndez explicó que el periodo de desocupación tras una venta depende del contrato. Si el inquilino incumple, el desalojo debe seguir un proceso legal formal en tribunales.

Vicner Ogando
Vicner Ogando
12 diciembre, 2025 - 12:50 PM
4 minutos de lectura
La abogada Laura Méndez durante su intervención en El Mañanero
Venta de Inmueble
Escuchar el artículo
Detener el artículo

La nueva Ley de Alquileres reafirma que, cuando un inmueble alquilado es vendido, el nuevo propietario debe respetar el contrato de arrendamiento vigente, una disposición que ya establecía el Código Civil pero que ahora queda incorporada de forma explícita en la normativa.

Contratos deben mantenerse tras la venta del inmueble

La abogada Laura Méndez explicó en El Mañanero que la ley aclara una duda frecuente entre inquilinos y propietarios sobre qué ocurre cuando un inmueble arrendado cambia de dueño. Indicó que el comprador “debe hacer su debida diligencia” y conocer si existe un contrato vigente que deberá respetar.

  • Méndez recordó que la normativa establece que el acuerdo de alquiler permanece válido hasta que finalice el período pactado, independientemente de quién sea el propietario del inmueble.

Plazos de salida dependen del contrato firmado

La especialista señaló que el tiempo que tiene un inquilino para desocupar el inmueble después de la venta dependerá de lo establecido en el contrato. Explicó que, si las partes acordaron un aviso previo de 30 o 60 días, “se debe seguir el proceso de terminación pactado”.

  • En caso de que el inquilino se niegue a salir o incumpla el acuerdo, Méndez precisó que deberá iniciarse un proceso formal de terminación de contrato y desalojo en el tribunal correspondiente.

La abogada sostuvo que esta inclusión en la ley busca evitar confusiones y garantizar seguridad jurídica tanto para propietarios como para arrendatarios.

Más Vistas