La reforma de Modernización Fiscal, impulsada por el gobierno, también busca eliminación de la deducción de los gastos educativos del Impuesto sobre la Renta (ISR), una medida establecida desde hace 15 años mediante la ley 179-09.
Actualmente, esta ley que será derogada con la reforma fiscal ya presentada en el Congreso Nacional, permite a las personas físicas, excluyendo a los negocios de único dueño, que son declarantes del Impuesto Sobre la Renta, deducir de sus ingresos brutos los gastos destinados a la educación de sus dependientes directos no asalariados.
Esta deducción representaba un reconocimiento a los padres por los desembolsos realizados para cubrir los costos educativos de la educación básica, media, técnica y universitaria propia y de sus hijos.
La Ley 179-09, promulgada durante la gestión del expresidente Leonel Fernández, tenía como objetivo principal establecer un mecanismo para incentivar a las empresas a brindar a sus empleados de menores ingresos beneficios adicionales en concepto de educación.
Para acceder a esta deducción, era requisito que los servicios educativos fueran facturados por la institución educativa con comprobantes fiscales válidos para crédito fiscal, y el monto deducible estaba limitado al 10 % de los ingresos gravados.
El plazo límite para la presentación de la declaración jurada del ISR de los contribuyentes es el último día hábil del mes de febrero.
Para ser beneficiario de este incentivo como declarante del ISR, se requería que el beneficiario tuviera un salario a partir de los 34,685 pesos.