
Washington. Un juez federal ordenó al Gobierno del presidente Donald Trump garantizar el debido proceso a cerca de 200 migrantes venezolanos que fueron deportados a una prisión de máxima seguridad en El Salvador, al determinar que sus expulsiones se realizaron sin previo aviso ni oportunidad de defensa legal.
El magistrado James Boasberg fijó como plazo el 5 de enero para que la Administración estadounidense presente un plan que permita el retorno de los migrantes a Estados Unidos o, en su defecto, que se les conceda una audiencia judicial para impugnar su deportación.
En su decisión, Boasberg concluyó que el Gobierno violó el derecho constitucional al debido proceso al aplicar la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, una normativa creada para tiempos de guerra, para expulsar a los venezolanos bajo la acusación —sin pruebas públicas— de pertenecer a la organización criminal Tren de Aragua.
Los migrantes fueron enviados en marzo al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), en El Salvador, sin que se les permitiera comparecer ante un juez o presentar recursos legales para cuestionar su expulsión.
El juez también investiga si funcionarios del Ejecutivo desobedecieron una orden judicial previa que prohibía los vuelos de deportación a El Salvador. En ese contexto, anunció que llamará a declarar a exfuncionarios del Departamento de Justicia vinculados al caso.
Aunque los venezolanos fueron enviados de regreso a su país en julio, como parte de un intercambio de prisioneros con el Gobierno de Nicolás Maduro, el fallo establece un precedente clave sobre los límites legales de las deportaciones aceleradas y el respeto al habeas corpus.