
El director general de Jubilaciones y Pensiones, Juan Rosa, explicó este miércoles en El Rumbo de la Mañana que las pensiones solidarias ha sido clave en la disminución de la pobreza extrema en el país, recordando que en 2020 se situaba en un 4.9%, mientras que al cierre de 2024 esa cifra descendió a un 2.4%.
Rosa respondió a críticas de la oposición sobre supuestas pensiones solidarias de RD$40,000 y aclaró que el monto real está establecido por ley, y las mismas tienen un monto de RD$6,000 mensuales, equivalente al 60% del salario mínimo público.
Asimismo, aclaró que para ser elegible existen mecanismos formales de solicitud a través de distintas instituciones, y que el proceso no depende de afiliación partidaria.
“No importa de qué partido usted sea… se le ha dado a PRM, a peledeístas y a fupuistas también, a todo el mundo”, afirmó por Rumba 98.5 F.M.
El titular de Pensiones detalló que existen varios mecanismos para acceder a este beneficio. Los ciudadanos pueden acudir al CONAPE si son mayores de 60 años, o al CONADIS si tienen una discapacidad que les impida integrarse al trabajo productivo. Asimismo, las madres solteras con hijos en edad escolar pueden solicitarlo a través del Ministerio de la Mujer.
Explicó que la evaluación inicial está a cargo del SIUBEN, que clasifica a los solicitantes en distintos niveles según el Índice de Calidad de Vida (ICV1 a ICV4). Solo quienes se encuentran por debajo del 50% del salario mínimo público califican para recibir la ayuda.
Rosa indicó que, según la normativa, las pensiones solidarias deben revisarse cada dos años. En algunos casos, los beneficiarios dejan de recibirla si mejoran su condición económica, como sucede con madres solteras que, tras concluir estudios, logran insertarse en la producción laboral.

Aunque reconoció que esta reducción no se debe únicamente a las pensiones solidarias, aseguró que estas han jugado un papel importante junto a otros programas sociales implementados por el gobierno.
“El otorgamiento de la pensión solidaria es todo un proceso. Hay miembros de la comisión interinstitucional que son las fuentes fundamentales del público para solicitar la pensión solidaria. Pero lo primero es lo que dice la ley”, explicó, recordando que los artículos 63 al 70 de la Ley 87-01 establecen claramente los criterios de elegibilidad.
El director subrayó que la política social de la Presidencia ha incrementado la inversión en este y otros programas, con el objetivo de garantizar protección y dignidad a los ciudadanos más vulnerables del país.