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Imponen tres meses de prisión preventiva a hombre acusado de abuso sexual contra una mujer de 80 años

De acuerdo con el expediente instrumentado por la fiscal investigadora Maribel Fernández, el pasado 4 de agosto, un hijo de la víctima denunció que su madre había sido agredida la noche anterior, 3 de agosto de 2025, por el encartado, quien presuntamente ingresó a la vivienda ubicada en el sector Villa Mella.

jeury ruiz
jeury ruiz
7 noviembre, 2025 - 7:41 PM
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Oficina Judicial
Prisión preventiva abuso sexual
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 La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra Félix Marte, acusado de cometer abuso sexual en perjuicio de una mujer de 80 años de edad.

La medida fue dispuesta luego de que el tribunal acogiera la solicitud presentada por el Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Tito González Ramírez, quien presentó diversas pruebas que vinculan al imputado con los hechos.

De acuerdo con el expediente instrumentado por la fiscal investigadora Maribel Fernández, el pasado 4 de agosto, un hijo de la víctima denunció que su madre había sido agredida la noche anterior, 3 de agosto de 2025, por el encartado, quien presuntamente ingresó a la vivienda ubicada en el sector Villa Mella.

Según consta en la denuncia, el propio imputado llamó al hijo de la víctima para informarle que su madre se encontraba mal y presentaba signos de haber sido agredida, por lo que este acudió al lugar y la trasladó al hospital, donde la mujer relató los hechos.

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Durante la audiencia, el Ministerio Público presentó ante la jueza Karen Casado los resultados de evaluaciones médicas y psicológicas forenses, así como otros elementos de prueba que sustentan la acusación.

La magistrada Casado ordenó que el imputado cumpla la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.

  • El Ministerio Público otorgó al caso la calificación jurídica provisional de abuso sexual, conforme al artículo 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, que sanciona todo acto de naturaleza sexual cometido mediante violencia, constreñimiento o sorpresa, en perjuicio de otra persona.
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