
Mediante el Decreto número 384-26, el Gobierno dominicano dio a conocer el reglamento que pone en marcha la Estrategia Nacional de Servicios Proactivos, una iniciativa que busca impulsar la transición progresiva de los servicios públicos hacia un modelo de gestión anticipatorio basado en eventos de vida.
El decreto define como objetivo del reglamento el establecimiento del marco mínimo obligatorio para el diseño, implementación, operación, seguimiento y evaluación de los servicios proactivos en la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo.
Explica que la estrategia se articulará mediante un Portafolio Nacional por Eventos de Vida y se ejecutará con base en interoperabilidad, gobernanza de datos, trazabilidad, auditoría, atención omnicanal, mecanismos de corrección y reclamo, junto con supervisión humana cuando la naturaleza del caso o el ordenamiento jurídico así lo requieran.
El ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, mostró su satisfacción con esta disposición e indicó que con este reglamento se da inicio a un nuevo modelo de gestión pública que colocará al país a la vanguardia de la transformación de los servicios públicos en la región.
“Este es un proceso que nos permite pasar de un modelo de administración reactiva y burocrática hacia un Estado anticipatorio que se fundamente en la interoperabilidad segura y el intercambio de datos entre nuestras instituciones, y así poder, mediante la detección automática de lo que conocemos como eventos de vida, como el nacimiento, la educación, el empleo, la jubilación, definir de manera proactiva los servicios que se requerirán a futuro”, manifestó Freund.
Finalidad, rectoría y ámbito de aplicación
La disposición del Poder Ejecutivo refiere que el reglamento tendrá como finalidad impulsar la transición progresiva hacia una administración pública capaz de actuar de oficio ante eventos de vida o condiciones de elegibilidad legalmente verificadas.
El decreto define como ámbito de aplicación obligatoria a los ministerios, órganos, entes y organismos de la Administración Pública central y descentralizada funcionalmente, bajo dependencia o tutela del Poder Ejecutivo, en cuanto gestionen trámites, servicios, registros, datos o plataformas involucrados en la prestación de servicios proactivos.
Asimismo, otorga la rectoría funcional, la conducción metodológica, la articulación del Portafolio Nacional por Eventos de Vida, la emisión de lineamientos, estándares e instrumentos técnicos, así como el seguimiento y evaluación de la implementación del presente reglamento, al Ministerio de Administración Pública, sin perjuicio de las competencias constitucionales o legales atribuidas a las demás entidades responsables.
La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) será responsable de la implementación, integración, operación y soporte de las soluciones tecnológicas transversales requeridas para la ejecución del modelo, conforme a los lineamientos emitidos por el MAP y sin sustituir las competencias sustantivas de las entidades responsables del servicio.
Los ministerios y direcciones que adoptarán los servicios proactivos conservarán la competencia sobre las reglas de elegibilidad, la operación sectorial, los actos administrativos, la atención de los casos y la calidad de los datos bajo su responsabilidad.
Exclusiones del decreto
Del ámbito de aplicación de la normativa quedan excluidos los órganos constitucionalmente autónomos, los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales, respecto de los cuales la adopción de los principios, estándares y mecanismos previstos en este reglamento tendrá carácter exhortativo.
También se excluyen los servicios, trámites, registros, datos, plataformas y actuaciones administrativas que no se encuentren bajo dependencia o tutela del Poder Ejecutivo, o que no estén vinculados a la prestación de servicios proactivos en los términos previstos en este reglamento.
Primeros pasos
En el marco de la Estrategia Nacional de Servicios Proactivos 2026–2028, a finales de abril de este año el Ministerio de Administración Pública (MAP), junto con el Gabinete de Políticas Sociales, al Ministerio de Salud Pública, al Servicio Nacional de Salud (SNS), al Programa Supérate, al Sistema Único de Beneficiarios (Siuben), y los hospitales Hugo Mendoza y Reynaldo Almánzar, iniciaron una serie de talleres para el diseño, desarrollo e implementación de servicios proactivos, una iniciativa que promete transformar el modelo de gestión de los servicios públicos.
¿Qué es un servicio proactivo?
Se define como servicio proactivo la prestación en la que el Estado anticipatorio detecta eventos relevantes en la vida de las personas y activa servicios sin solicitud previa, conservando trazabilidad, control y capacidad de reclamo.
El decreto define como un Estado Anticipatorio al modelo de gestión pública orientado a identificar y atender oportunamente necesidades previsibles de las personas mediante actuación coordinada, interoperabilidad y uso legítimo de datos.