
El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) abrió el proceso de consulta pública sobre el reglamento de aplicación preliminar de la Ley No. 1-25, que modifica la Ley No. 138-11, introduciendo cambios en la selección del Procurador General de la República y sus procuradores adjuntos.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) advirtió que el formulario estandarizado que recopile la información de los aspirantes a jueces de la Suprema Corte de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral y sus suplentes, así como para el Procurador General y los procuradores adjuntos, debe estar unificado para garantizar equidad en la evaluación.
El artículo 20 de la ley establece que los postulantes a jueces deben presentar información detallada sobre:
Por su parte, el artículo 46, en relación con la selección del Procurador General y procuradores adjuntos, exige información similar, pero con diferencias clave, como la presentación de una declaración jurada ante notario en la que el candidato asegure no haber ocupado cargos directivos en partidos políticos ni haber realizado proselitismo en los últimos cinco años, además de un certificado de no antecedentes penales.
Sin embargo, FINJUS señala una incongruencia en los requisitos. Mientras que los jueces deben presentar su declaración de impuestos antes de ser elegidos, los aspirantes a Procurador General y procuradores adjuntos solo están obligados a presentar su declaración de patrimonio y obligaciones fiscales 30 días después de su juramentación, según el párrafo III del artículo 46.
Si bien los roles de jueces y procuradores tienen funciones distintas dentro del sistema judicial, FINJUS propone que todos los aspirantes sean sometidos a un mismo proceso de depuración desde el inicio, asegurando transparencia e igualdad de condiciones en la evaluación.
La organización enfatiza la necesidad de ajustar el formulario de postulación para que todos los candidatos sean evaluados bajo los mismos criterios y garantizar un proceso justo y equitativo.