La Segunda Sala de la Corte Penal de San Cristóbal decidió mantener bajo arresto domiciliario al exembajador Donni Santana, condenado a 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra, mientras se conoce el recurso interpuesto por el Ministerio Público para revocar el permiso laboral que lo favorecía.
El beneficio, otorgado inicialmente por el juez de Ejecución de la Pena con el aval del Colegio de Abogados (CARD), le permitía impartir docencia en ese gremio entre semana y cumplir arresto domiciliario los fines de semana y días feriados. Sin embargo, el CARD retiró esa garantía, dejando sin sustento la autorización.
La audiencia de este martes fue aplazada porque la abogada de Santana, Manuela Ramírez, no se presentó alegando que tenía otro proceso judicial. En tanto, los fiscales Eduardo Velázquez y Wandy Ramírez reiteraron que, tras el retiro del aval, el permiso laboral “carece de objeto” y esperan que el próximo 9 de octubre la corte ordene el regreso de Santana a la cárcel de Azua.
Al justificar su decisión de no enviarlo de inmediato al penal, la jueza presidenta de la corte explicó que el caso no se ajusta al artículo 445 sobre revocación de libertad condicional, ya que el exfuncionario no incumplió con presentarse a la justicia, sino que se trata de un permiso específico ligado al CARD.
Santana, quien fue presidente del Consejo Nacional de Fronteras entre 2014 y 2018, insiste en declararse inocente y afirma que trabaja “con un garante” para demostrarlo, aunque su condena ya fue confirmada por todas las instancias, incluida la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional.
Con esta decisión, el caso de Santana continúa en un limbo judicial que mantiene viva la polémica entre quienes exigen que cumpla su sentencia en prisión y los jueces que aún sostienen su permanencia en arresto domiciliario.