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Diputado FP califica inconstitucional el Presupuesto 2026 por excluir la indexación salarial

El diputado de Fuerza del Pueblo sostiene que el Gobierno incumple una obligación legal vigente desde 1992 al no aplicar el ajuste inflacionario anual

La ausencia del ajuste salarial ha provocado que miles de asalariados paguen ISR pese a que sus ingresos solo han aumentado por efecto de la inflación

Jazmin Liriano
Jazmin Liriano
15 diciembre, 2025 - 9:35 AM
4 minutos de lectura
El diputado José David Báez, del partido Fuerza del Pueblo, durante su entrevista en El Matutino de La 91.
Presupuesto 2026
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El diputado José David Báez, del partido Fuerza del Pueblo, afirmó este lunes que el Presupuesto General del Estado para el año 2026, aprobado recientemente por la Cámara de Diputados, es inconstitucional al no incluir la indexación salarial, tal como lo establece el Código Tributario dominicano.

Durante una entrevista concedida al programa El Matutino de La 91, Báez explicó que la omisión de este ajuste vulnera disposiciones legales vigentes desde 1992, las cuales obligan al Poder Ejecutivo a actualizar anualmente el monto mínimo exento del Impuesto Sobre la Renta (ISR), tomando en cuenta la inflación acumulada.

La Cámara de Diputados aprobó de urgencia el pasado jueves un proyecto de ley destinado a regular el Presupuesto General del Estado preparado por el Gobierno para el próximo año, sin incluir la indexación salarial prevista en el Código Tributario, a pesar de las reiteradas presiones públicas realizadas por sectores de la oposición para que el ajuste inflacionario fuera incorporado.

"El Código Tributario estableció de manera clara que todos los años el Gobierno debía mandar con el presupuesto el ajuste inflacionario del monto imponible mínimo, del salario a personas físicas para cobrar impuestos sobre la renta; en tanto, desde el 2017 no se hace, por lo que la base imponible se mantiene en 34,685 pesos cuando, de acuerdo a los cálculos del Banco Central y los economistas principales que han hecho los cálculos correspondientes, pues entonces deberían ser unos 52 mil pesos ese mínimo imponible", dijo Báez.

La indexación se aplica desde el año 2017

La indexación salarial en la República Dominicana no se aplica desde el año 2017, pese a que la ley tributaria en su Artículo 327 del Código Tributario ordena este ajuste de manera anual con el objetivo de proteger el poder adquisitivo de los trabajadores frente a la inflación. Esta omisión ha provocado que numerosos asalariados paguen impuestos que no les corresponderían, debido a aumentos salariales derivados únicamente del alza inflacionaria.

La Ley 11-92 establece que el Poder Ejecutivo debe realizar la indexación salarial cada año para los trabajadores que perciben ingresos aproximados de hasta RD$52,000, eximiéndolos del impacto del Impuesto Sobre la Renta.

Finalmente, el legislador denunció que el Gobierno ha decidido ignorar la solicitud formal realizada por su organización política, sin considerar el impacto negativo que esta decisión genera en la economía de los trabajadores dominicanos.

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