
La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo confirmó la sentencia que condena a las empresas Grupo Telemicro, Aster y Viva, vinculadas al empresario Juan Ramón Gómez Díaz, al pago de más de US$30 millones y RD$11.3 millones por concepto de arrendamientos no pagados.
Mediante la sentencia núm. 1500-2026-SSEN-00249, emitida el 6 de julio de 2026, el tribunal rechazó el recurso de apelación presentado por las compañías del empresario y ratificó la decisión de primera instancia que favoreció a las sociedades Phoenix Tower Dominicana, S.A.S. y Teletorres del Caribe, en una demanda en cobro de pesos y validez de embargo retentivo, confirmando la sentencia núm.1289-2024-SSENT-00187, del 27 de noviembre de 2024, dictada por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.
La corte también mantuvo la condena a las compañías al pago de las costas del proceso y confirmó la aplicación de un interés judicial indemnizatorio de un 1.5 % mensual sobre los montos adeudados, computado desde la interposición de la demanda hasta la ejecución definitiva de la sentencia.
Asimismo, el tribunal ratificó la validez del embargo retentivo sobre fondos depositados en diversas entidades financieras y empresas de telecomunicaciones, como parte de las medidas para garantizar el cobro de la deuda, que asciende a US$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94.
La decisión fue adoptada por los magistrados Jorge U. Reyes Jáquez, Katia Gómez Germán y Evelyn Valdez Martínez, quienes integran la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
El tribunal también condenó a Telemicro, Aster y Viva al pago de las costas del procedimiento, “disponiendo su distracción a favor y provecho de los licenciados José Rizek Vidal y Manuel Alejandro Herrera García, y el Dr. Luis Guillermo Fernández Budajir, abogados que afirman haberlas avanzado en su totalidad”.
La sentencia la firmaron digitalmente en fecha seis 06 del mes de julio del año 2026, “por los magistrados Jorge U. Reyes Jáquez, juez miembro en funciones de presidente de sala, Katia Gómez Germán y Evelyn Valdez Martínez, Juezas Miembros, y el infrascrito secretario Joel Guzmán Herrera”.
Además de las facturas vencidas, validadas y no pagadas, Telemicro (Corporación de Televisión y Microondas Rafa S.A), deberá pagar el “uno punto cinco por ciento (1.5%) de interés mensual sobre dichas sumas, a título de interés judicial indemnizatorio a partir de la fecha de la demanda y hasta la ejecución definitiva de la presente decisión; todo conforme a los motivos expuestos más arriba”.
El embargo validado por la sentencia núm. 1289-2024-SSENT-00187 de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo y ratificado por la sentencia núm.1500-2026-SSEN-00249, del 6 de julio de 2026 de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, es a favor de Phoenix Tower Dominicana, S.A.S. y Teletorres del Caribe, S.A.S. por los USD$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94 adeudos.