
En el Congreso Nacional se evalúa un nuevo proyecto de ley que propone un subsidio estatal para quienes pierdan su empleo de manera legal después de haber trabajado al menos un año en los últimos 24 meses. Este subsidio, que se otorgaría durante seis meses consecutivos, representará el 60% del salario mínimo vigente en el sector correspondiente.
Este proyecto legislativo modifica varios artículos de la Ley 87-01, que establece el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), con el fin de incorporar un régimen de protección por desempleo y otras novedades. La propuesta fue introducida en la Cámara Baja el 26 de noviembre de 2025.
El nuevo marco legal también incorpora el Título IV Bis a la Ley 87-01, titulado «Régimen de Protección por Desempleo (RPD)», que formará parte del SDSS. Según esta norma, los trabajadores formales afiliados al SDSS tendrán derecho a recibir un subsidio temporal por desempleo si su cese laboral es formal y notificado a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), con un mínimo de 12 meses de cotización en los últimos 24 meses.
Los beneficiarios deberán participar obligatoriamente en programas de empleabilidad y reinserción laboral, que incluirán formación técnica, servicios de intermediación laboral, capacitaciones de Infotep y ferias de empleo certificadas. Además, tendrán acceso continuo al Seguro Familiar de Salud (SFS) durante un año tras su despido, sin necesidad de pagar copagos adicionales, manteniendo las mismas condiciones y coberturas. Las ARS no podrán suspender esta cobertura durante el período estipulado.
Los trabajadores podrán solicitar el subsidio a través de plataformas digitales, oficinas de atención al afiliado (DIDA) y ventanillas físicas de la TSS, que se compromete a emitir una respuesta en un plazo de 15 días hábiles.
El Fondo Nacional de Protección por Desempleo será administrado por la TSS y supervisado por la Superintendencia de Pensiones (Sipen) y el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).
El Ministerio de Trabajo deberá, a través del Poder Ejecutivo, emitir el reglamento correspondiente a esta ley en un plazo máximo de 90 días tras su promulgación.
La Comisión Permanente de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, en un informe presentado el 9 de enero, ha recomendado que el proyecto sea enviado a una comisión bicameral de Seguridad Social, con el fin de continuar el proceso de revisión integral de la Ley 87-01. Ambas comisiones son presididas por el diputado Rafael Castillo.