x
Síguenos
Denuncias aquí (809) 762-5555

Condenan a 20 años de prisión  hombre por homicidio en Hato Mayor

De acuerdo con el Ministerio Público, el crimen se registró alrededor de la 1:00 de la madrugada del 26 de diciembre en la calle El Play, del paraje Mango Limpio, en la carretera Hato Mayor–El Valle, lugar donde ambos residían. La víctima falleció a causa de un shock hipovolémico tras ser atacada a machetazos por su compatriota.

jeury ruiz
jeury ruiz
13 febrero, 2026 - 8:17 PM
3 minutos de lectura
Condenan
Condena homicidio Hato Mayor
Escuchar el artículo
Detener el artículo

El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Hato Mayor condenó a 20 años de prisión a Jocely Jean “Betoni”, de 36 años, hallado culpable de homicidio voluntario tras causar la muerte de Klenert Pierre “Wilmer” con múltiples heridas de arma blanca durante un hecho ocurrido en diciembre de 2024.

De acuerdo con el Ministerio Público, el crimen se registró alrededor de la 1:00 de la madrugada del 26 de diciembre en la calle El Play, del paraje Mango Limpio, en la carretera Hato Mayor–El Valle, lugar donde ambos residían. La víctima falleció a causa de un shock hipovolémico tras ser atacada a machetazos por su compatriota.

Tras cometer el hecho, el imputado emprendió la huida, pero fue arrestado ese mismo día en el kilómetro 21 de la referida carretera, luego de una persecución policial. Al notar la presencia de las autoridades, arrojó al suelo el machete de aproximadamente 22 pulgadas utilizado en el crimen.

La investigación estuvo a cargo del fiscal Daniel Robles Nivar y la litigación fue representada por el fiscal Wilson Santana, quien sustentó ante el tribunal los elementos probatorios que vinculan al acusado con el homicidio.

El Tribunal Colegiado, integrado por los magistrados Francisco Antonio Arias Sánchez, Haissel Uribe Reyes y María del Carmen García, dictó la sentencia con base en las pruebas presentadas por el Ministerio Público y ordenó su cumplimiento en la cárcel pública de El Seibo.

  • Jean fue declarado culpable de violar los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano, así como los artículos 83 y 84 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. Además, se declararon las costas penales de oficio al ser asistido por un defensor público.
Más Vistas