x
Síguenos
Denuncias aquí (809) 762-5555

Nuevo Código Penal castigará a agentes que impidan grabaciones

El Código también fija excepciones si la grabación interfiere o pone en riesgo a los agentes. Las instituciones deben informar a sus miembros para evitar violaciones y sanciones antes de su entrada en vigor en 2026.

Wilka Matos
Wilka Matos
16 mayo, 2026 - 10:06 AM
3 minutos de lectura
Policías y ciudadanos
Policías
Escuchar el artículo
Detener el artículo

Los policías y militares que impidan ser grabados por ciudadanos durante actuaciones públicas podrán enfrentar penas de entre 15 días y un año de prisión, según establece el artículo 275 del nuevo Código Penal dominicano (Ley 74-25), que entrará en vigencia el próximo 6 de agosto de 2026.

También enfrentarían multas y suspensión

Además de la pena de prisión, la normativa contempla multas de hasta RD$20 mil, suspensión de funciones hasta por tres años, destitución de cargos públicos y el pago de gastos judiciales.

El jurista explicó que las sanciones podrían agravarse si durante el incidente el agente incurre en amenazas, destrucción de propiedad privada o agresiones físicas contra el ciudadano que realiza la grabación.

  • La disposición aplicaría en actuaciones como arrestos, allanamientos, requisas, desalojos o embargos realizados por miembros de cuerpos militares o policiales.

Código también establece excepciones

Peralta señaló que el mismo artículo establece excepciones cuando la grabación interfiera con la labor del agente o ponga en riesgo su integridad física.

Asimismo, indicó que las imágenes solo podrán ser publicadas con el consentimiento de la persona que esté siendo requisada, allanada o desalojada.

  • El abogado consideró que las instituciones militares y policiales deberán informar cuanto antes a sus miembros sobre las nuevas disposiciones legales para evitar violaciones y posibles sanciones una vez el nuevo Código Penal entre en vigor.
Más Vistas