El director general de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, dijo este lunes en El Matutino de la 91 que los procesos de excepción, aunque legales, deben ser manejados con estricta transparencia debido a los riesgos que implican.
“Lo primero que hay que señalar es que la ley vieja y la nueva establece dos modalidades de contratación, las ordinarias y los procesos de excepción”, indicó. “Porque un proceso de excepción necesariamente no quiere decir que exista irregularidad o que exista una violación. Son procesos establecidos en la ley”.
Pimentel precisó que dentro de los procedimientos excepcionales figuran la publicidad, la emergencia, la urgencia y la contratación de proveedor único.
“La contratación de publicidad es un proceso de excepción y es un proceso de riesgo porque es una contratación directa que se hace. Entonces, donde hay discrecionalidad, pues hay más riesgo”, puntualizó.
El funcionario explicó que la nueva legislación introduce modalidades más claras, como en el caso de la contratación de abogados, un tema que, bajo la ley anterior, carecía de regulación precisa. Destacó que este tipo de servicios son “personalísimos” y deben realizarse bajo criterios de confianza y competencia profesional.
Asimismo, Pimentel señaló que los procesos de excepción no deben verse como sinónimo de corrupción, pero sí como escenarios que requieren mayor vigilancia institucional. “Lo que quiero decir es que porque un proceso sea de excepción, necesariamente no quiere decir que es un proceso irregular, está contemplado en la ley”, reiteró.
Concluyó que lo esencial es garantizar que cada contratación, sea ordinaria o de excepción, cumpla con los procedimientos establecidos. “La historia reciente de las contrataciones nos dice que las irregularidades pueden aparecer tanto en emergencias como en licitaciones. Lo importante es que se cumplan los procedimientos”, afirmó.