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Arrestan a empresario Winston Rizik esta vez acusado de abuso sexual y psicológico contra menor

La acusación contra Rizik Rodríguez, quien salió en libertad en septiembre del pasado año luego de cumplir diez años de prisión por posesión ilegal de armas y lavado de activos, se fundamenta en el artículo 332-1 del Código Penal Dominicano, el cual tipifica el incesto.

Inmaculada Aracena M.
Inmaculada Aracena M.
4 abril, 2025 - 3:04 PM
3 minutos de lectura
Empresario Winston Rizik
Proceso Judicial
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El empresario Winston Rizik Rodríguez, mejor conocido como "El Gallero", enfrenta una nueva acusación, esta vez por abuso sexual y psicológico contra una menor de edad, por lo que se encuentra detenido en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

La acusación contra Rizik Rodríguez, quien salió en libertad en septiembre del pasado año luego de cumplir diez años de prisión por posesión ilegal de armas y lavado de activos, se fundamenta en el artículo 332-1 del Código Penal Dominicano.

Este artículo tipifica el incesto como: “todo acto de naturaleza sexual realizado por un adulto mediante engaño, violencia, amenaza, sorpresa o constreñimiento en la persona de un niño, niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado”.

Además, se le imputan violaciones a la Ley 136-03, en su artículo 396, literal b y c, conocida como el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, que busca garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los menores en República Dominicana.

La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional aplazó el conocimiento de medida de coerción al empresario y fijó la siguiente audiencia para el miércoles nueve de abril a las 9:00 de la mañana. Representa a los familiares de la menor de edad en esta imputación la abogada Janet Peralta Rodríguez.

Qué explican los literales b y c de la ley 136-03

Abuso psicológico (literal b): Se define como cuando un adulto ataca de manera sistemática el desarrollo personal del niño, niña o adolescente y su competencia social.

Abuso sexual (literal c): Se refiere a la práctica sexual con un niño, niña o adolescente por un adulto, o persona cinco (5) años mayor, para su propia gratificación sexual, sin consideración del desarrollo psicosexual del menor, pudiendo ocurrir incluso sin contacto físico.

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