Aplazan audiencia contra Jairo González y otros imputados por fraude financiero

  El juez Deiby Timoteo Peguero Jiménez, del Séptimo Tribunal de Instrucción del Distrito Nacional, pospuso  la audiencia preliminar contra Jairo González, Kelmin Santos Rodríguez, Leandro González Espinal, Gregorix Polanco Estévez, Moisés González Rodríguez y William Mejía Martínez, quienes enfrentan acusaciones por un extenso fraude financiero relacionado con criptomonedas y simulación de operaciones bursátiles.
El tribunal programó la audiencia para las 9:00 de la mañana del lunes 29 de julio, con el propósito de permitir que las partes se familiaricen con una modificación de la denuncia presentada por el abogado Miguel Altagracia de León Carbonell y la querella presentada por el magistrado Amado Figuereo.

Además, acogió la reposición de plazos en favor de la defensa técnica.

Antes de aplazarla, el Ministerio Público indicó estar listo para el conocimiento de la audiencia, aunque se adhirió al interés de no vulnerar el derecho a la defensa de los imputados.

A la salida de la audiencia, el imputado Jairo González lo trasladaron al Centro de Corrección y Rehabilitación de la provincia de San Pedro de Macorís, donde cumple la medida cautelar impuesta y ratificado en su contra.

Sobre el caso

El Ministerio Público inició las investigaciones a mediados de enero de 2023, luego de que más de 30 personas presentaron querella en contra del imputado Jairo González, alegando víctimas de estafa por más de 100 millones de dólares.

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El órgano investigador sostiene que el imputado Jairo González, en calidad de gerente y propietario de Havest Trading, captaba fondos de inversionistas a quien prometía que los invertirían en la bolsa de valores y en criptomonedas, con la promesa de que obtendrían una ganancia por encima de un 8 % sobre los recursos depositados.

Dentro de los delitos que le ha imputado el Ministerio Público a Jairo González, están la violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, que se refiere a la asociación de malhechores y estafa, así como violación del artículo 351, numeral IV de la Ley 249-17, sobre el Mercado de Valores, que sanciona las operaciones de puestos de bolsa de valores sin autorizacion del organo regulador y otros delitos.