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Ángel Lockward defiende su inocencia en caso en su contra y califica auditoría de “falsa”

Jueza deja en estado de fallo la audiencia preliminar para el 29 de mayo

Lockward cuestionó la legalidad de la Unidad Antifraude, señalando errores en el informe que contradicen leyes inmobiliarias históricas y actuales; el caso será fallado el 29 de mayo

Rosa Soto
Rosa Soto
30 marzo, 2026 - 1:40 PM
4 minutos de lectura
Ángel Lockward. Foto/fuente externa
Justicia
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El abogado Ángel Lockward defendió este lunes su inocencia en el denominado caso Calamar, al tiempo que calificó como “falso y mal intencionado” el informe de auditoría presentado por la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República.

Durante su intervención en el último turno de la audiencia preliminar, Lockward sostuvo que dicho informe presenta múltiples irregularidades y carece de validez legal. Argumentó que solicitó una copia del documento el 28 de abril de 2022 para ejercer su derecho a la defensa, pero le fue negada, por lo que entiende que no puede ser utilizado en su contra.

Uso del informe

En ese sentido, afirmó que el uso del informe vulnera disposiciones constitucionales, específicamente los artículos 69.10 y 138.2 de la Constitución, por lo que solicitó al tribunal declararlo inconstitucional por la vía difusa. Este pedimento fue respaldado por las defensas de otros imputados en el proceso.

Lockward también cuestionó la legalidad de la Unidad Antifraude, señalando que, según sus argumentos, esta fue creada con posterioridad a los hechos que investiga el caso.

  • Asimismo, aseguró que el contenido del informe es erróneo, ya que se basa en interpretaciones que, a su juicio, contradicen leyes vigentes en materia inmobiliaria.

El jurista explicó que uno de los principales señalamientos del informe es considerar que los terrenos comuneros pertenecen al Estado, lo que calificó como un “acto de ignorancia jurídica” contrario a normativas históricas como las leyes de Mensura de 1911, 511 de 1920 y 1542 de 1947.

Además, indicó que la supuesta defraudación se sustenta en la premisa de que las cartas constancias y matrículas inmobiliarias no pueden ser vendidas, lo cual, según afirmó, contradice la Ley 108-05, el Reglamento de los Registros de Títulos No. 788-22, así como decisiones de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional.

Informe presenta fallas

En un documento entregado a la prensa, Lockward insistió en que el informe presenta “fallas constitucionales y legales insubsanables”, asegurando que las defensas han logrado desmontar los argumentos que sustentan la acusación.

  • Por su parte, la jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Altagracia Ramírez, dejó el caso en estado de fallo y fijó la lectura de la decisión para el próximo 29 de mayo a las 3:00 de la tarde.
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