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Ambientalista advierte una ley ordinaria no puede modificar el estatus protegido del Parque Jaragua

Inmaculada Aracena M.
Inmaculada Aracena M.
6 febrero, 2026 - 9:54 AM
6 minutos de lectura
La ambientalista Yolanda León, entrevistada en el programa El Rumbo de la Mañana, transmitido por Rumba 98.5 FM.
Medio Ambiente
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La ambientalista Yolanda León, integrante del Grupo Jaragua, cuestionó duramente una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordena al Ministerio de Medio Ambiente modificar los límites del Parque Nacional Jaragua, al considerar que se fundamenta en una interpretación legal errónea y contraria a la Constitución.

León afirmó que el fallo se apoya en una ley ordinaria de 2004 que crea un polo turístico en la región suroeste, la cual —según explicó— no puede imponerse sobre la Ley Sectorial de Áreas Protegidas, de carácter orgánico. Estas declaraciones fueron ofrecidas durante su participación en el programa El Rumbo de la Mañana, transmitido por Rumba 98.5 FM.

  • De acuerdo con León, la Ley Sectorial de Áreas Protegidas, también aprobada en 2004, establece de manera clara y definitiva los límites de todas las áreas protegidas del país, incluyendo el Parque Jaragua, cuyos linderos se han mantenido invariables por más de 20 años.

“Una ley ordinaria no puede anular una ley sectorial, y menos aún una ley orgánica como la de áreas protegidas”, enfatizó, al subrayar que existe una jerarquía normativa que el TSA estaría ignorando.

La ambientalista recordó que la Constitución dominicana es explícita al señalar que cualquier modificación a un área protegida requiere una mayoría calificada de dos tercios del Congreso Nacional y debe realizarse mediante una ley.

En ese sentido, advirtió que la sentencia coloca al Ministerio de Medio Ambiente en una posición imposible. “El TSA está pidiéndole al ministerio que haga algo que el ministerio no tiene la facultad de hacer”, sostuvo León, calificando la decisión como “impracticable e improcedente”.

  • Uno de los puntos más criticados por León es que la sentencia ordena incluso a la Dirección Nacional de Registro Inmobiliario modificar la cartografía oficial del parque, cuando esa entidad depende de los datos suministrados por Medio Ambiente.

“Al final la sentencia lo que le pide a Medio Ambiente es que cambie los límites, y eso no lo puede hacer ningún funcionario por su cuenta”, afirmó, al considerar que el fallo no se sostiene jurídicamente ante una revisión en instancias superiores.

León también contextualizó el conflicto dentro de una larga historia de intentos de apropiación de terrenos dentro del Parque Jaragua y su entorno, particularmente en zonas sensibles como Bahía de las Águilas. Recordó que en los años finales de la década de los 90 se intentó declarar áreas del parque como terrenos de reforma agraria. “Con la intención de robárselos”, dijo de forma tajante, al referirse a esos procesos que luego fueron desmontados.

  • En relación con el caso actual, la ambientalista indicó que el recurso que dio origen al fallo del TSA fue interpuesto por una familia que reclama derechos sobre varias parcelas ubicadas en el interior del parque, específicamente en la costa opuesta a Bahía de las Águilas, cerca de la Laguna de Oviedo. Según explicó, se trata de terrenos “totalmente adentro, en el corazón de Jaragua”, lo que agravaría el impacto de cualquier intento de explotación comercial.

León precisó que la superficie involucrada ronda los 12 kilómetros cuadrados, equivalentes a unas 1,200 hectáreas, y alertó sobre las consecuencias ecológicas de crear un “hoyo” dentro de un área protegida. “Eso es dificilísimo de manejar”, afirmó, al tiempo que cuestionó la viabilidad real de proyectos turísticos en una zona remota, sin carreteras y con condiciones marítimas adversas.

Finalmente, sostuvo que este caso responde a un patrón reiterado de presiones sobre el Parque Jaragua, especialmente en momentos en que el Estado impulsa el desarrollo turístico en Pedernales. “Es parte de esta fiebre de pensar que cada pedazo de tierra va a valer millones”, señaló, reiterando que la defensa del parque no es solo ambiental, sino también legal. Para León, el principio es claro: una ley ordinaria no puede, bajo ninguna circunstancia, modificar una ley orgánica sectorial que declara al Parque Jaragua como área protegida.

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