
Santo Domingo.- El abogado Ángel Lockward dijo que inicialmente la demanda es de 520 millones la demanda contra el Controlar General de República, Catalino Correa Hiciano, que podría subir por hay más de 200 personas perjudicada por el informe de auditoría sobre el no pago por expropiaciones en el gobierno.
Sostuvo que el funcionario causó daños por 17,000 que supuestamente no existen.
Precisó que los auditores, que en la demanda dijeron que es un borrador el informe de auditoría de la Unidad Antifraude de la Controlaría, también pueden ser demandados por otros afectados.
El abogado Ángel Lockward indicó que la demanda es ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
Explicó el caso del informe de auditoría contra la expropiación de pago en la gestión pasada, en entrevista en El Sol de la Mañana de RCC Media, el de mayor influencia e internacional, presente siempre en los acontecimientos más relevantes.
Sostuvo que la demanda contra el Controlar General de la República, Catalino Correa Hiciano, es por inactividad administrativa lo que ha permitido los daños que se ha producidos contra los afectados.
Manifestó que el documento aunque tuviera la firma del Controlar es inválido porque no cumplió con el procedimiento del artículo 14 de la Ley 107 que establece que por determinados motivos procesales los documentos públicos son inválidos.
"Es inválido porque sólo contiene mentiras que podemos probar", afirmó, asegurando que de inmediato podía probar las falsedades.
Especificó que aunque la firmó el Controlar es inválido y que si no lo hubiera firmado, no existe el documento.
Abogado Ángel Lockward expresó que por lo que tanto todo lo que han hecho, lo han realizado en base en un documento ilícito por lo que la prueba es nula y que además contamina todo el proceso.
Destacó que un penalista diría que dejar sin efecto todas las medidas.
Ángel Lockward precisó que no tiene constancia que el Controlar haya hecho nada malo, lo que sería una falta por comisión.
Explicó que en cambio teniendo el funcionario un informe desde el 23 de septiembre en su escritorio, la ley le da un plazo para que actúe, lo apruebe y lo modifique y que no lo ha hecho.
"La ley dice que él tiene la obligación de responder a un recursos de revisión y no ha respondió, y la ley castiga la omisión administrativa; pero no la ley, la condena patrimonialmente la la constitución de la república; entonces él no está demandando patrimonialmente. Él no está sometido penalmente, él está demandado de manera patrimonial porque su inactividad administrativa es la que ha permitido todo este daño que se ha producido; él ha omitido un deber la la ley le impone", expuso.
Expresó que el documento que el Contralor ha debido corregir ha afectado patrimonios.
Señaló que también tienen derecho los que no han podido dormir porque en cualquier momento les hacen allanamientos porque el funcionario no ha actuado.
"La ley estable un plazo para él firmar, no firmar, revocar, acoger el recurso de revisión, rechazarlo, pero sobre todo conceder la audiencia previa que es un mandato constitucional ", acotó.