
El presidente de la Alianza Dominicana contra la Corrupción (Adocco), Julio César de la Rosa Tiburcio, aseguró este lunes que la Ley Orgánica de la Policía Nacional, la cual establece que el período de permanencia del director es de dos años, es contraria a la Constitución de la República.
Mediante una rueda de prensa, de la Rosa Tiburcio señaló que el artículo 128 de la Carta Magna da las prerrogativas al presidente de la República de designar a los servidores públicos, la cual se extiende también a todas las autoridades militares y policiales, por lo que la ley policial “limita al mandatario”.
“Esta ley, al momento de aprobarse, el legislador no previó que esta disposición de establecer un período a una entidad para que su director permanezca en ella, le está limitando los derechos constitucionales del presidente de la República”, detalló.

“Dentro de lo que son estas atribuciones, el presidente de la República no estaría violando la Constitución con mantener en la dirección de la Policía Nacional al actual director general, sobre todo porque hay sectores entre los que se encuentran organizaciones de la sociedad civil que entienden que el trabajo realizado por el actual titular, no debe ser desconocido con lo que es la llegada del término, sobre todo en un momento que se ha abocado a la institución a un proceso de reforma y un cambio de subdirector podría, de una forma u otra, afectar este proceso”, manifestó.
En ese orden, Adocco considera que “lo más saludable” es que extiendan el plazo establecido al mayor general Ramón Antonio Guzmán Peralta, además de que la referida ley está por debajo de la Constitución.
Al ser abordado por la prensa, el presidente de Adocco indicó que esta decisión es un error del legislador, porque no debe tomar decisiones al elaborar una ley que sea contraria a lo que establece la Constitución.
“La Constitución no habla de período y, en consecuencia, como hay otras entidades o funcionarios que sí está establecido un plazo determinado, el mandato debe someterse porque la misma lo establece así.
En este caso, si el presidente de la República lleva un proceso de reforma y quien está al frente de la Policía Nacional ha sido lo suficientemente capaz como para gerenciar este proceso de reforma sin que haya traumas y que haya podido dirigir la institución, pues no se estaría siendo objetivo con desvincularlo porque está haciendo la labor para la cual fue designado”, aseveró.
Añadió que, en otro caso, esta ley constituye una camisa de fuerza, porque aún el presidente queriendo destituir al director de la Policía ante una situación con la que él no esté conforme y que no constituya una falta grave, pues tendría que esperar unos años, entonces también esto es contrario a lo que establece la Carta Magna.
“El presidente tiene la prerrogativa de designar y mantener en el puesto como hay varios directores que tienen ya el mismo periodo que lleva el presidente de la República, no obstante haberlo terminado en el 2024, han permanecido los funcionarios porque Abinader se siente en armonía con esos directores, entonces imagínense que todas las instituciones tuvieran esta condición de la Policía, pues para el presidente sería incómodo limitarse a un periodo cuando entiende que el funcionario le puede dar un mayor rendimiento”, expresó.