Abogado Eduardo Núñez critica motivación del CNM para exclusión de tres jueces
Núñez Vásquez señala que el CNM violó la ley al evaluar a jueces basándose en criterios inapropiados como la edad y entrevistas, afectando la imparcialidad y equilibrio legal del órgano, bajo control judicial.
El abogado y analista jurídico Eduardo Núñez Vásquez cuestionó duramente la reciente decisión del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de no confirmar a tres jueces tras la evaluación de desempeño, al considerar que el órgano no motivó debidamente su decisión y que actuó fuera de los parámetros constitucionales y legales.
Durante una intervención en un programa radial, Núñez Vásquez explicó que el Consejo está en la obligación de fundamentar con argumentos jurídicos claros las razones por las cuales un magistrado no es ratificado, de acuerdo con lo que establece la ley que regula la materia.
“El Estado es una forma de organización política, pero eso no significa que las decisiones deban justificarse en razones políticas. No existe una decisión jurídica políticamente justificada. El único ordenamiento jurídico que tiene la República Dominicana es la Constitución y las leyes, no la voluntad del rey, no la voluntad de la iglesia como en el medievo, no una divinidad, no mis convicciones personales. Eso tiene que quedar claro”, afirmó con énfasis.
Núñez Vásquez explicó que la Constitución habla específicamente de “evaluación de desempeño”, lo cual significa un análisis retrospectivo del rendimiento del juez, y no otros criterios ajenos como la edad, la entrevista o percepciones subjetivas.
En ese sentido, consideró que el caso del magistrado Alexis Read, excluido por estar próximo a la edad de retiro, constituye una discriminación por edad y, por tanto, una decisión anulable ante el Tribunal Superior Administrativo.
“Si un juez cumple con los criterios de desempeño, debe ser confirmado. Que esté cerca de la jubilación no puede ser causa para excluirlo. Derecho puro y duro: esa decisión es anulable por discriminatoria”, subrayó.
Respecto a los casos de los magistrados Moisés Landrón y Pilar Jiménez, Núñez Vásquez también señaló fallas graves en la motivación de las decisiones. En el caso de Landrón, dijo que se le atribuyó “falta de idoneidad” sin una explicación concreta. “El estado de derecho significa motivar, dar razones. No basta con una afirmación genérica”, puntualizó.
Entrevista de la jueza Jiménez
En cuanto a la jueza Jiménez, recordó que el CNM basó parte de su decisión en su desempeño durante la entrevista, algo que, según el jurista, no está contemplado entre los criterios legales de evaluación establecidos en la Ley 138-11.
“La entrevista no es un criterio de evaluación. La magistrada podía quedarse callada y eso no podía usarse como fundamento para separarla del cargo. Las potestades del Estado son regladas, no dependen de la voluntad de sus titulares”, insistió.
Diseño institucional
Núñez Vásquez también abordó el diseño institucional del Consejo Nacional de la Magistratura, señalando que el voto cualificado del presidente de la República introduce un desequilibrio de poder dentro del órgano. Según explicó, el espíritu de la Constitución es que el CNM refleje pluralismo político e igualdad entre sus miembros, por lo que este privilegio del Ejecutivo puede romper ese equilibrio.
Finalmente, el jurista destacó que las decisiones del CNM, al igual que las de cualquier otro órgano del Estado, no están por encima del control judicial, reafirmando el principio de que todo poder se ejerce a través del derecho.
“La idea de Estado de derecho es exactamente esa: que no existan actos de poder fuera del control. El Consejo Nacional de la Magistratura no puede actuar al margen de la Constitución ni de la ley”, concluyó.