Abogado Anderson Dirocie aclara fallo del TC elimina discriminación a cuerpos castrenses y sanciones por su orientación sexual

El abogado Anderson Dirocie explicó en el programa El Sol de los Sábados que la acción directa de inconstitucionalidad presentada ante el Tribunal Constitucional busca eliminar disposiciones del Código de Justicia Militar y Policial que permitían sancionar a miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional por su orientación sexual.

El joven abogado dominicano oriundo de San Juan de la Maguana, quien cuenta con formación académica en la Universidad de Leiden, Harvard y estudios doctorales en Ginebra, señaló que dichas normas sancionaban de manera expresa la sodomía entre personas del mismo sexo, lo que, según indicó, constituía una disposición discriminatoria que violaba los derechos fundamentales a la privacidad, al libre desarrollo de la personalidad y al trabajo.

Explicó que estas disposiciones no distinguían entre la vida privada y el ejercicio de funciones, por lo que podían ser utilizadas para imponer sanciones administrativas incluso fuera del ámbito laboral, generando prácticas arbitrarias dentro de las instituciones castrenses.

Asimismo, aclaró que la decisión no aborda temas como el matrimonio igualitario, limitándose exclusivamente a declarar inconstitucionales las normas que permitían sancionar a militares y policías por su orientación sexual.

El abogado Anderson Dirocie fue uno de los responsables de interponer la acción directa de inconstitucionalidad que dio origen a la sentencia del Tribunal Constitucional, la cual, según explicó, procura garantizar el cumplimiento pleno del principio de igualdad.

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El Sol de los Sábados transmitido por Telefuturo

Destaca respaldo estatal a fallo del TC contra disposiciones discriminatorias en cuerpos castrenses

La acción directa de inconstitucionalidad fue presentada el 28 de junio de 2024 por los abogados Anderson Javiel Dirocie De León y Patricia M. Santana Nina, quienes contaron con el apoyo de escritos de amicus curiae y opiniones de diversos actores que coincidieron en que las disposiciones impugnadas no podían subsistir bajo el marco constitucional vigente desde 2010.

Dirocié explicó que, en este proceso, tanto la Procuraduría General de la República como el Senado de la República se mostraron de acuerdo con que los artículos fueran declarados inconstitucionales, al considerar que dichas normas no resultan coherentes con el Estado Social y Democrático de Derecho establecido en la Constitución de 2010.

Dijo además que, estas disposiciones provienen de la era de Trujillo y del período posterior a su ajusticiamiento, específicamente alrededor de 1963, por lo que nunca han sido verdaderamente compatibles con el marco constitucional moderno.

Decisión se basa en consultas técnicas

El abogado aclaró que la intervención de estas instituciones no surge de una votación legislativa, sino de consultas técnicas realizadas por sus equipos jurídicos, ya que en las acciones directas de inconstitucionalidad el Tribunal Constitucional vincula obligatoriamente a las entidades que emiten o respaldan las normas impugnadas.

Sostuvo que, resulta preocupante que algunos legisladores hayan cuestionado públicamente la sentencia sin haberla analizado en profundidad, generando confusión en la opinión pública.