El abogado Juan Francisco Rosario Gratereaux advirtió en A Diario que es inconstitucional la presencia obligatoria del trabajador en la audiencia conciliatoria como aprobó el Senado en la reforma laboral.
Consideró incorrecta la interpretación de los senadores que el trabajador acuda a la audiencia conciliatoria porque viola la Constitución.
"Y de aprobarse de esa manera, yo voy a ser el primero que voy a hacer mi declaratoria de inconstitucionalidad y lo voy a llevar hacia allá", adelantó.
El especialista laboral precisó que por el principio de igualdad del proceso y de defensa.
Indicó que el empleador se puede asistir de un abogado y el trabajador no, porque deberá ir obligatoriamente a la audiencia conciliatoria, y que no es así.
Manifestó que si el empleador no va porque es su facultad y no obligatorio, no lo van a condenar, y se levanta el acta de acuerdo para fijar la audiencia de discusión donde se va a conocer el proceso.

Juan Francisco Rosario Gratereaux sostuvo que no supo lo que aprobaron el 16 de agosto de 2025 en lo relativo a la asitencia obligatoria del trabajador a la audiencia conciliatoria.
Expresó que los togados saben lo que eso representa porque cuando un empleado dice a su nuevo empleador que debe ir a una audiencia, es un sobreaviso que es conflictivo.
Precisó que un empleado va a tener que pedir permiso para eso, lo que creará un conflicto.
Expresó preocupación por puntos incluidos en la pieza por el Senado y que es necesario actualizar el código (Ley 16-92) después de 33 años para incluir nuevas figuras.
Destaca que la falta de inclusión de figuras modernas, como el teletrabajo y el derecho a la desconexión digital, pone en evidencia la obsolescencia del marco legal vigente.
Juan Francisco Rosario Grateroux menciona la importancia de los avances tecnológicos, apuntando que elementos como WhatsApp e Instagram han sido reconocidos por los tribunales laborales, cimentando la necesidad de actualizar el código.
También subraya que la reforma laboral recientemente aprobada ha impuesto la audiencia de conciliación como obligatoria para los trabajadores, lo que origina implicaciones complicadas en la dinámica entre empleadores y empleados.