
La abogada Anny Guzmán sostuvo en A Diario que la Ley 136-03 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aunque es buena, tiene "muchos vacíos y brechas legales", entre ellos el de la prevención para mejor tutela de los menores.
A la especialista la consultaron como parte de un grupo de abogados al que pertenece, con respecto a la presentación el martes 17 de febrero de los avances en la reforma de la Ley 136-03 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el Gabinete de Niñez y Adolescencia (GANA) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani).
Señaló entre los vacíos el encubrimiento familiar, la omisión de hacer, porque tienen el deber de denunciar, actuar, ejecutar alguna acción, pero "pasaron de largo" y se hicieron de la "vista gorda" y que no lo hicieron por una u otra situación.
"Nosotros estamos en un sistema donde ciertamente, y no está mal, castigamos al agresor directo y la norma así lo permite, nosotros lo podemos ver en nuestra ley a partir del artículo 396, o hay una situación directa, castigamos al agresor, pero ¿qué pasa cuando antes de esta situación nosotros pudimos haberlo evitado? Entonces no estamos trabajando desde la prevención sino estamos trabajando a raíz de la consecuencia, y es esa consecuencia la que debería trabajar el Estado", explicó.
Annny Guzmán agregó que esa responsabilidad corresponde al Estado, la familia y la sociedad, artículo 56. Aclaró que no buscan criminalizar a la familia.
Puntualizó que no hay una norma castigar esa infracción que debe tipificarse como tal.
La especialista en asuntos de menores y familia expresó que esa figura no está establecida en la ley.
Indicó la responsabilidad de los padres, familiares y parientes está a nivel administrativo, la restitución de menor, falta de supervisión o falta de algunos de los tutores de la responsabilidad que tienen de protección.
"Pero no tenemos a la hora de establecer sanciones que sean de tipo penal para la omisión y el encubrimiento", añadió.
Citó los casos del ex Grandes Ligas Wander Franco, del ex embajador Donni Santana, por abuso de menores, y de otros, que se aplicó la legislación general, no el Código del Menor, que indican que hay que tener normas claras que prevean abusos.