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DIDA llama a las ARS a cumplir con el pago puntual a médicos y prestadores de salud

“Es injusto que algunas ARS incumplan en los plazos de pago a los galenos, este incumplimiento afecta directamente la calidad del servicio que reciben los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social”, manifestó Elías Báez.

RCC-media
20 enero, 2025 - 1:23 PM
3 minutos de lectura
El director de la DIDA dijo que las ARS tienen un plazo de hasta diez días para pagar a los médicos por servicios prestados
Seguridad Social
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La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) hizo un llamado a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) para que cumplan con el pago oportuno a médicos y prestadores de servicios de salud, tal como lo establece la Ley 87-01.

A través de un comunicado de prensa, el director de la DIDA, Elías Báez, dijo según el artículo 171 de la Ley 87-01, las ARS tienen un plazo de hasta 10 días para realizar el pago correspondiente a los honorarios de los médicos y demás prestadores de servicios.

“Es injusto que algunas ARS incumplan en los plazos de pago a los galenos, este incumplimiento afecta directamente la calidad del servicio que reciben los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social”, manifestó Báez.

En el mismo comunicado, el titular de la DIDA, también hizo un llamado a los médicos y clínicas privadas, exhortándolos a no cargar los costos de estos incumplimientos a los pacientes, a través de cobros indebidos o adicionales. Recordó que la ley contempla sanciones tanto para las ARS que retrasen los pagos como para aquellos que incurren en prácticas abusivas contra los afiliados.

Añadió que: la “DIDA está comprometida en defender los derechos de los afiliados y en garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normativas del sistema de seguridad social”, añadió.

Sobre la DIDA

La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) es el organismo encargado de informar, orientar y defender a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social, asegurando que se respeten sus derechos en el acceso a servicios de salud, pensiones y otros beneficios contemplados en la Ley 87-01.

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