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20 años de prisión para 9 de los imputados en red de trata de personas denominada operación Cattleya

Inmaculada Aracena M.
Inmaculada Aracena M.
11 marzo, 2025 - 2:26 PM
4 minutos de lectura
La red de operación Cattleya fue desmantelada en el 2022
Sentencia condenatoria
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El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 20 años de prisión a 9 de los imputados en la denominada Operación Cattleya, quienes según la acusación en su contra, integraban una red que reclutaba mujeres con fines de explotación sexual en la República Dominicana.

El tribunal también impuso tres años a otros tres implicados, seis meses de prisión suspendida a un cuarto, mientras que un quinto fue absuelto del proceso. Los condenados fueron encontrados culpables de formar parte de la red de trata y explotación sexual de mujeres, desmantelada en agosto de 2022.

De acuerdo al veredicto, la red reclutaba a las mujeres de diferentes países, bajo la falsa promesa de empleo como camareras en zonas turísticas de la República Dominicana. Una vez en el país, estas eran sometidas a explotación sexual y obligadas a saldar una supuesta deuda por los costos del viaje y el hospedaje, bajo amenaza de deportación.

Según el expediente, a las víctimas de origen venezolano y colombiano se les indicaba que tenían una deuda por concepto de gastos de viaje, hospedaje y alimentos consumidos que ascendía entre UD $3,000 a UD$ a 4,000 y pese a los servicios realizados, la deuda nunca quedaba saldada.

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional está integrado por las juezas Arlin Ventura Jiménez, Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez.

Los condenados

José Alberto Rosario Soriano, María Paula Murillo Vargas, Melvin José Valentín Peguero, Óscar Wilcenne, Dionicio Mieses de la Cruz, Zafiro Nathaly Sánchez González, Engel Neftalí Vargas, Alejandro Arturo García Bustamante y Robert Lee Eleuterio Paniagua fueron condenados a 20 años de prisión en la cárcel de Najayo y multa de 150 salarios mínimos.

José Miguel Michel Guridis, Daniel Enrique Inirio Abreu, Cristina Virginia González Hernández y Braulio Manuel Lugo por el delito de proxenetismo, según el artículo 334 del Código Penal, se les condena a 3 años de prisión y multa de 50 pesos.

Mientras que Oliver Arnaud Lewinsky (también conocido como Timothy Willian Case Renee) por posesión de marihuana, según la Ley 50-88, se le impone una pena de 6 meses de prisión, pero se suspende totalmente bajo reglas de conducta.

Carlos Jonathan Walwyn Campusano fue absuelto por insuficiencia de pruebas y se dicta sentencia absolutoria.

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