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Dictan 15 años de prisión a hombre por esclavitud sexual y trata de personas

Corte de Apelación corrige sentencia al considerar que era inferior al mínimo legal

Ministerio Público logra aumento de condena por gravedad de los hechos

Katherine Castillo Payán
Katherine Castillo Payán
24 junio, 2026 - 7:56 AM
4 minutos de lectura
Víctimas eran captadas mediante redes sociales con falsas ofertas de empleo. FOTO/FUENTE EXTERNA
Indemnización
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La Corte de Apelación de Barahona acogió un recurso presentado por el Ministerio Público y aumentó de 10 a 15 años de prisión la condena impuesta a un hombre hallado culpable de trata de personas en modalidad de esclavitud sexual y violación sexual en perjuicio de cinco víctimas.

El tribunal de alzada determinó que la sentencia inicial era inferior al mínimo establecido en la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, por lo que procedió a corregir la sanción aplicada a Juan Carlos Peña Nín, también identificado como Moreno o Greydel Nín Matos.

Además de la pena privativa de libertad, la corte ratificó la multa de 175 salarios mínimos del sector público a favor del Estado dominicano, así como el pago de indemnizaciones de RD$250,000 para cada una de las cinco víctimas constituidas en actoras civiles.

La decisión fue valorada por la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (PETT), que destacó su importancia como precedente en la persecución de este tipo de delitos en el país.

El proceso judicial estuvo a cargo de representantes del Ministerio Público de la PETT y de la Fiscalía de Barahona, quienes lograron que el tribunal acogiera los argumentos sobre la falta de proporcionalidad de la sentencia original.

Los jueces de la Corte de Apelación concluyeron que la gravedad de los hechos, la cantidad de víctimas, la reiteración de las conductas delictivas y el impacto psicológico ocasionado justificaban el aumento de la pena al mínimo legal correspondiente.

Asimismo, rechazaron el recurso de apelación presentado por la defensa, al considerar que no contaba con fundamentos jurídicos suficientes y que las pruebas presentadas vinculan directamente al acusado con los hechos.

De acuerdo con la investigación, el procesado captaba a mujeres en condición de vulnerabilidad económica mediante redes sociales como WhatsApp, Instagram y Facebook, donde se hacía pasar por mujeres conocidas para ofrecer falsos empleos con altos ingresos.

Una vez trasladadas a las provincias de Barahona e Independencia, las víctimas eran retenidas en lugares controlados por el condenado, donde eran sometidas a agresiones sexuales reiteradas, torturas, amenazas de muerte y extorsión a sus familiares.

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